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¿Cuánto tiempo puede durar la investigación complementaria?
El Código Nacional de Procedimientos Penales establece plazos máximos: hasta dos meses para delitos cuya pena máxima no exceda los dos años de prisión, y hasta seis meses si excede dicho límite.
Si hay vinculación a proceso, ¿cuál es el siguiente paso?
Se abre un debate para fijar el plazo de la "investigación complementaria", tiempo que tienen las partes para recabar más pruebas.
¿Qué sucede si el Juez decide no vincular a proceso?
Si el Juez emite un auto de no vinculación a proceso, en caso de estar detenido, la persona se pone en inmediata libertad; esto no impide que la investigación continúe o que se formule una nueva imputación si surgen nuevos datos de prueba, a menos que se trate de una causa de extinción de la acción penal.
¿Qué es la "vinculación a proceso"?
Es la decisión del Juez de Control de formalizar la investigación, determinando que existen datos de prueba suficientes que establecen la probable comisión de un hecho delictivo y la probabilidad de que el imputado participó en él.
¿El imputado está obligado a declarar en esta etapa?
No, el imputado tiene derecho a declarar si así lo desea, o a guardar silencio. Su silencio no puede ser usado en su contra y el Juez debe asegurarse de que comprenda este derecho.
¿Qué es la "formulación de imputación"?
Es el acto mediante el cual el Ministerio Público informa al imputado, en presencia del Juez, los hechos que se le atribuyen, la calificación jurídica preliminar, la fecha, lugar y modo de su comisión, y el nombre de su(s) acusador(es).
¿Qué sucede si la detención se declara ilegal?
Si la detención es declarada ilegal, el Juez de Control ordenará la inmediata libertad del imputado, sin perjuicio de que la investigación continúe por otros medios.
¿Qué es la "calificación de la detención"?
Es el primer punto a resolver por el Juez si el imputado fue detenido en flagrancia o caso urgente. El Juez determina si la detención fue legal y se respetó los derechos fundamentales del detenido.
¿Qué tiempo tiene el Juez para resolver la situación de mi familiar?
De acuerdo al artículo 313 del Código Nacional de Procedimientos Penales el Juez de Control cuestionará al imputado si desea que se resuelva sobre su vinculación a proceso en esa audiencia (inicial) dentro del plazo de setenta y dos horas o si solicita la ampliación de dicho plazo. En caso de que el imputado no se acoja al plazo constitucional ni solicite la duplicidad del mismo (144 horas).
¿Con quién puedo acudir una vez que a mi familiar lo pongan a disposición con el Juez de Control?
En Centro de Justicia que remitan a su familiar se encuentran los defensores públicos encargados del seguimiento, por lo que una vez que sepa el Juez que le asignen deberá buscar al Defensor Público adscrito a ese Juez, para que le proporcione información.