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A través de su Defensa, por los medios de contacto previamente establecidos o acudiendo directamente al área de atención a público de la Casa de Justicia a qué sea trasladado el imputado.


Favor de dirigirse al personal encargado de atención al público para que le sea informado
⚫ Número de Causa Penal
⚫ Nombre del Juez
Con esa información, preguntar en la oficina de la Defensoría Pública ubicada en la planta baja de dicho recinto judicial por la persona defensora pública adscrita con el Juez en concreto.
Lo anterior en atención al supuesto de que no haya sido notificada la fecha y hora de la audiencia respectiva de su familiar, pues en algunos casos notifican minutos antes de
celebrarse la audiencia por parte del juzgado y en caso de estar notificado el defensor público le brindará la información y orientación de forma personal.

En caso de Puebla capital es con el juez de control de la región judicial centro, con sede en la ciudad de Puebla, en el Centro de Justicia Penal ubicado en prolongación de la 11 sur 11921, San Francisco Mayorazgo.

Será puesto a disposición del Juez de Control de la Región Judicial que corresponda.

Ministerio Público debe determinar si lo pondrá en libertad o a disposición de un Juez Penal.

Martes, 27 Enero 2026 18:48

¿Cómo puede salir mi familiar?

De acuerdo al artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos Penales si el delito no amerita prisión preventiva oficiosa y el Ministerio Público determine que no solicitará prisión preventiva como medida cautelar, se solicitara la libertad del imputado o imponerle una medida de protección.

Martes, 27 Enero 2026 18:47

¿Estos documentos para que sirven?


Para efecto de acreditación de arraigos procesales ante el Agente del Ministerio Público en forma previa a que fenezca el término de 48 horas, a efecto de justificar que la puesta en libertad de la persona investigada, no representa un riesgo de fuga, en virtud de contar con datos adecuados respecto de su identidad, domicilio, ocupación y existencia de redes de apoyo familiares, una vez fenecido el término de 48 horas y en cada caso en concreto, será el abogado defensor designado por el órgano judicial quien le indicará los documentos y trámites necesarios acorde a la estrategia procesal que establezca.


Para comprobar su arraigo domiciliario y familiar se presenta en original y 3 juegos de copias de:
⚫ INE
⚫ Comprobante de domicilio
⚫ CURP
⚫ Acta de nacimiento
⚫ Acta de nacimiento de sus hijos (en caso de que los tenga).
⚫ Acta de matrimonio (en caso de que el detenido este casado).


Durante esas 48 horas tiene derecho a:
⚫ Visita, la cual tiene un horario de 9:00 a 18:00 horas en las que podrá introducir alimentos a su familiar.
⚫ Solo una visita por día.
⚫ Para ingresar a visita debe traer una identificación oficial vigente con dos copias.
⚫ En la visita solo está permitido introducir alimentos, por lo tanto, no está autorizado introducir ropa, zapatos y cobijas.

Su familiar permanecerá detenido hasta las 48 horas, contadas aproximadamente a partir de la hora de su detención.

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Poder Judicial del Estado de Puebla

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