El servicio no requiere inspección o verificación.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado B Fracción VI y VIII.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.
- Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla. Artículo 5 fracción I.
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, articulo 88, último párrafo
- Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes. Artículo 41 y 66 fracción III
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf
- Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículos 17 párrafo I, 56 párrafo III, 57 párrafo III 113 fracción XII y 115.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf
- Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social. Artículo 206 fracción IX.
Subdirección de Asuntos Penales
Domicilio: Calle 11 sur 11921, Col Ex Hacienda Castillotla, C.P. 72498, Puebla, Puebla
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 37
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Formas de realizarlo:
Personas procesadas menores de edad.
-
Cuando a la persona menor de 18 años se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común.
Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática
No aplica.
Gratuito.
- Designación de la defensa a cargo de una persona defensora pública por la persona menor de 18 años a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común o en su caso por la autoridad judicial, en cualquier etapa del procedimiento penal.
- La persona defensora pública consulta la causa penal que se le sigue a la persona menor de 18 años a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común
- La persona defensora pública implementa la estrategia para la defensa de sus derechos.
- La persona procesada y sus familiares, deben estar pendientes del desarrollo del procedimiento que se sigue en su contra.
No aplica.
- Solicitar la asistencia jurídica
- Aportar la documentación necesaria que el defensor público solicite para elaborar la estrategia de defensa.
Más...
Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.
La Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla establece
"ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
…II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.
PUEBLA
Domicilio: 12 Poniente No. 608, Puebla, Puebla, C.P. 72000.
Horario de atención: Los 365 días del año de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, sábados, domingos y días festivos en el horario que se requiera con motivo de las diligencias que desahogue el juzgado de que se trate.
Número(s) telefónico(s): (222) 216 16 65.
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El servicio no requiere inspección o verificación.
-
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado. B Fracción VI y VIII.
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.
- Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, artículo 2,3, 5 fracción I, 10, 11 y 13
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 88 último párrafo.
- Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo tercero transitorio en el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el jueves 27 de noviembre de 2014.
- Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social. Artículo 206 fracción IX.
Subdirección de Asuntos Penales
Domicilio: Calle 11 sur 11921, Col Ex Hacienda Castillotla, C.P. 72498, Puebla, Puebla
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 37
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