Bienvenida
El 24 de octubre de 2022 fue publicada la Reforma Constitucional en Materia Judicial, evento que significó un cambio sustancial en el Poder Judicial del Estado de Puebla, al crear un órgano jurisdiccional encomendado a la defensa de la Constitución: la Sala Constitucional del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Con la creación de la Sala Constitucional se instaura en Puebla el sistema de justicia constitucional local, con miras a fortalecer la vigencia de nuestra Norma Suprema Local y proveer de mecanismos que garanticen el respeto y aplicación de sus disposiciones. Es así que la Sala Constitucional del Poder Judicial del Estado de Puebla, se erige como garante de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y, en consecuencia, en una defensora de los derechos humanos y las garantías que ésta contiene.
Por lo anterior, con los medios de defensa de la Constitución Local que son competencia de la Sala Constitucional, se crean mecanismos para que las personas que se encuentran en el estado de Puebla obtengan la protección de sus derechos humanos cuando estimen que se han violado; así mismo, los entes públicos legitimados en la ley de la materia podrán acceder a los procedimientos que permitan garantizar que las actuaciones de los distintos poderes y niveles de gobierno se desarrollen con apego a su esfera competencial y a la Constitución Local, garantizando con ello la gobernabilidad.
Las magistradas y magistrados que integramos la Sala Constitucional, somos conscientes de la responsabilidad que recae en este órgano jurisdiccional y refrendamos nuestro compromiso con la impartición de una justicia constitucional local imparcial, pronta y centrada en la protección de los derechos humanos.
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Bienvenida
A las y los poblanos,
Como presidenta del Tribunal Superior de Justicia, quiero expresar mi compromiso de dedicar cada día a garantizar el trabajo de esta institución, que desempeña un papel fundamental en la construcción de una sociedad justa y equitativa. Nuestra labor es trascendental y debemos llevarla a cabo con el más alto nivel de profesionalismo.
Para lograrlo, debemos sumar esfuerzos y trabajar en conjunto. La integridad y la probidad son nuestros pilares y debemos mantenerlos en todo momento, recordando que nuestra conducta refleja la confianza que la sociedad deposita en nosotros.
La coordinación con el Consejo de la Judicatura es fundamental para nuestro éxito. Trabajemos de la mano, compartiendo conocimientos y experiencias para mejorar constantemente nuestros procesos y decisiones.
En resumen, juntos somos capaces de lograr grandes avances en la administración de justicia. Continuaremos nuestra labor con determinación y pasión, recordando siempre la importancia de nuestra labor y el impacto que podemos tener en la vida de las personas.
Seguiremos trabajando juntos para un Poder Judicial más fuerte y justo.
Con respeto y gratitud,
Magistrada María Belinda Aguilar Díaz
Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Puebla
Información adicional
- Homoclave EEFJ-004
- Descripción Gestión para la obtención del Título Profesional, Diploma de Especialidad y Grado Académico
- Unidad Administrativa Escuela Estatal de Formación Judicial del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
- Clasificación Trámite
- Formas de realizarlo Presencial
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Quién puede realizarlo
El o la egresada de Maestría o Especialidad.
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Casos en los que debe o puede realizarse
Cuando él o la egresada acredite la conclusión de estudios mediante el certificado de estudios completos, y desee obtener el Diploma de Especialidad y Grado Académico.
- Documento o servicio a obtener Diploma de Especialidad y título Grado Académico, según sea el caso.
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Costo
Título de Grado Académico: $14,340.00 mxn.
Diploma de Especialidad: $7,410.00 mxn.El pago de la cuota del Título de Grado Académico, podrá realizarse en dos pagos parciales, dentro de los tres meses anteriores a la fecha del examen.
- Forma de pago Transferencia bancaria, Depósito bancario, Pago en Línea
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Lugares donde se puede realizar el pago
- Sucursales bancarias que se muestran en la orden de cobro: Bajío, Banco Azteca, Banorte, BBVA, Citibanamex, HSBC, Santander, Scotiabank, Financiera Bienestar (TELECOMM).
- Pago en línea desde Gobierno del Estado de Puebla, a través del link: https://rl.puebla.gob.mx/.
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Requisitos
a) Escrito de solicitud de Acta de Examen y Titulación. (Original)b) Certificado de estudios completos de maestría o especialidad, legalizado. (Original)c) Comprobante de pago de derechos de titulación. (Original)d) 6 fotografías tamaño ovalo mignon, recientes, papel mate adherible, en blanco y negro, fondo blanco. Mujeres: únicamente con blusa blanca, aretes pequeños, maquillaje discreto, cabello recogido (que no cubra orejas, frente ni hombros). Hombres: únicamente con camisa blanca (sin saco ni corbata), en caso de tener barba y/o bigote (delineados y sin cubrir las comisuras de los labios).
e) 1 fotografía en formato JPG a color con fondo blanco sin sombras, tamaño 6x9 cm; con ropa formal y clara (hombres: con saco y corbata; mujeres: con saco o blusa a color en tono claro), de frente con el rostro serio, la frente y orejas descubiertas, sin lentes o pupilentes de color. En el caso de mujeres maquillaje discreto, cabello detrás de los hombros y aretes pequeños.f) Comprobante de respuestas a “Encuesta a Egresados”. (Original)*Formatos o documentos adjuntos: Solicitud de Acta de Examen y Titulación.La encuesta a egresados se entregará por parte de la Escuela Estatal de Formación Judicial. -
Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)
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Pasos a seguir
- El o la interesada presentará el escrito de solicitud de Acta de Examen y Titulación, anexando los requisitos anteriormente enlistados, dicha solicitud se presenta en el área de oficialía de la Escuela Estatal de Formación Judicial.
- El área de control escolar notificará al o a la interesada la fecha del protocolo de examen (Promedio Mínimo General de Estudio/Estudios de Doctorado/Elaboración de tesis).
- Celebrado el protocolo, se realiza la firma de actas de examen por el o la interesada y autoridades educativas.
- Una vez realizado lo anterior, la Secretaría de Educación del Estado de Puebla remitirá el Título de Grado Académico o Diploma de Especialidad vía electrónica.
- Inspección o verificación No aplica.
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Tiempo de entrega
150 días hábiles, dependiendo de los tiempos de respuesta de la Secretaría de Educación.
- Afirmativa o negativa ficta No aplica.
- Plazo de prevención No aplica.
- Vigencia Permanente.
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Criterios de resolución
- Realizar el pago de derechos.
- Remitir los requisitos en los formatos establecidos.
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Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación
No aplica.
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Observaciones
- La entrega del escrito de solicitud de titulación podrá realizarlo persona tercera con carta poder simple.
- Es importante respetar las dimensiones de las fotografías solicitadas.
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Centros de atención
Escuela Estatal de Formación Judicial del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Domicilio: 5 Oriente No. 9, Colonia Centro, Puebla, Puebla, C.P. 72000 (Palacio de Justicia).
Horario de atención: lunes a viernes de 08: 00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 243 15 70 y (222) 243 15 76
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.*Consultas o envío de documentos
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Unidad responsable
Juan Conde Peréz, Titular de la Escuela Estatal de Formación Judicial del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Domicilio: 5 Oriente, Número 9, Colonia Centro Histórico, Puebla, Puebla, C.P. 72000 (Palacio de Justicia).
Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas
Número(s) telefónico(s): (222) 243 15 70 y (222) 243 15 76
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. -
Fundamento jurídico
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 5.
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 88.
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, artículos 87, 88 y 89.
- Acuerdo del Secretario de Educación Pública, por el que Regula las Opciones y las Formas para la Obtención del Título Profesional, del Diploma de Especialidad y de los Grados Académicos; Título III: Opciones para la obtención del Diploma de Especialidad, artículo 12, Título IV: Opciones para la obtención del Grado Académico, artículos 13 y 14, Título V, Disposiciones Generales para las Instituciones y Criterios Rectores para cada Opción Artículos del 15 al 37, Capítulos III y V, VI y VIII
- Ley de Educación del Estado de Puebla; Título décimo primero; de la validez de estudios y certificación de conocimientos; capítulo único, de las disposiciones aplicables a la validez de estudios y certificación de conocimientos, artículo 137, 141; Título décimo segundo. De la educación impartida por particulares, capítulos I y II
- Ley de Educación Superior del Estado de Puebla; título segundo: del tipo de Educación Superior, Capítulo único, artículo 13, fracciones III incisos a y b, 16, 20; título séptimo, de los particulares que impartan Educación Superior, artículos 66, 67 y 68; Capítulo II, del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, artículos 69 y 70
- Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2025, artículo 98, fracción XIX, incisos a) y b).
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