Información adicional

Información adicional

  • Homoclave SPTSJ - 001
  • Descripción Registro de las cartas pasantes de la Licenciatura en Derecho, Consultor Jurídico o sus equivalentes en los términos de la legislación educativa aplicable, que pretendan consultar expedientes y realizar diligencias en un juicio en los Tribunales del Poder Judicial del Estado.
  • Unidad Administrativa Secretaría de Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
  • Clasificación Trámite
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo

    Pasantes de la Licenciatura en Derecho, Consultor Jurídico o sus equivalentes en los términos de la legislación educativa aplicable.

  • Casos en los que debe o puede realizarse

    Cuando las y los pasantes en Derecho, Consultor Jurídico o sus equivalentes en los términos de la legislación educativa aplicable

    • Deseen consultar expedientes.
    • Requieran llevar a cabo diligencias bajo el patrocinio de una abogado o abogado resgistrado ante los Tribunales del Poder Judicial del Estado de Puebla.
  • Documento o servicio a obtener Autorización.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos

     

    • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte vigente o cartilla militar). (dos copias)
    • Escrito de solicitud en formato libre expresando el interés del solicitante de ser registrado como pasante, indicando domicilio y número telefónico. (original y copia)
    • Carta pasante expedida por la institución académica. (original y 2 copias)
    • Carta compromiso de la abogada o abogado patrono, consultora o consultor jurídico o algún equivalente en los términos de la legislación educativa aplicable, indicando número telefónico y correo electrónico, quien estará a cargo de la actuación del pasante en derecho, el cual debe tener registrado su título profesional ante el Poder Judicial del Estado. (original)
    • Identificación oficial vigente de la abogada o abogado patrono (INE, pasaporte vigente o cartilla militar). (dos copias)

     

    *Formatos o documentos adjuntos: No aplica.

  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir
    1. Presentarse en la Oficialía Mayor de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla y entregar la documentación requerida.
    2. Recibir por medio de llamada telefónica fecha y hora en la que deberá acudir a la oficina del Diligenciario de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, a recibir oficio y autorización de registro de carta pasante.
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    3 días hábiles.
    El plazo está condicionado al tiempo de respuesta que tarde la Universidad en remitir el informe en el que justifique el carácter de pasante en Derecho de la o el solicitante.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica.
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia 3 años.
  • Criterios de resolución

    Presentar requisitos establecidos.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación Oficio y Autorización.
  • Observaciones

    La Secretaría de Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, consultará la autenticidad de la carta pasante y a partir del momento en que se recibe el informe correspondiente, se contará el plazo de respuesta a la solicitud de registro.

  • Centros de atención

    Secretaría de Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

    Domicilio: Ciudad Judicial Siglo XXI, Periférico Ecológico Arco Sur No. 4000 San Andrés Cholula, Puebla. Reserva Territorial Atlixcáyotl, C.P. 72810.
    Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
    Número telefónico: 22-22-23-84-90.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Unidad responsable

    Abog. Gustavo Torres Porras, Secretario de Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.
    Domicilio: Ciudad Judicial Siglo XXI, Periférico Ecológico Arco Sur No. 4000 San Andrés Cholula, Puebla. Reserva Territorial Atlixcáyotl, C.P. 72810.
    Número telefónico: 22-22-23-84-90.
    Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Fundamento jurídico
    • Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 20.

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Codigo_de_Procedimientos_Civiles-_para_el_Estado_Libre_y_Soberano_de_Puebla_29122017.pdf

    • Reglamento del Artículo 20 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, relativo a la prestación del Servicio Social Obligatorio y Pasantía, artículos 2 y 4.

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/REGLAMENTO_LEY_art_20_del_cod_de_proced_civiles_de_pue_prestacion_del_serv_social_obligatorio_y_pasantia31012005.pdf

    • Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXV, Abril de 2007, página 1681. Tesis VI. 1°.A221a -registro digital 172799-; y título “CONSULTORES JURÍDICOS EGRESADOS DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LOS ARTÍCULOS 19 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE PUEBLA Y 17, FRACCIÓN XXI, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA, NO PERMITAN QUE AQUELLOS PUEDAN COMPARECER ANTE LAS INSTANCIAS JUDICIALES ESTATALES COMO ABOGADOS PATRONOS, TRANSGREDE LA GARANTÍA DE LIBERTAD DE TRABAJO”.

    https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/172799 

Información adicional

  • Homoclave UT - 003
  • Descripción Garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que cualquier persona pueda ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales a través de una solicitud.
  • Unidad Administrativa Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Puebla.
  • Clasificación Trámite
  • Formas de realizarlo Se puede realizar ante la Unidad de Transparencia, medios electrónicos o cualquier otro medio que establezca el Instituto de Transparencia, o bien, vía Plataforma Nacional de Transparencia.
  • Quién puede realizarlo

    La persona titular, por sí mismo o por representación podrá presentar una solicitud para el ejercicio de los Derechos ARCO.

  • Casos en los que debe o puede realizarse

    Cuando alguna persona esté interesada en ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales en posesión del Poder Judicial del Estado de Puebla.

  • Documento o servicio a obtener Acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.
  • Costo
    • Gratuito, las primeras veinte hojas simples no tienen costo.
    • Sin embargo, en caso de requerir reproducción de la información, de conformidad con el artículo 104 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2025, los costos son los siguientes:

     

    • $2.00 mxn. por cada hoja después de la vigésima primera hoja.
    • $26.00 mxn. por cada hoja de certificación de datos o documentos.
    • $18.00 mxn. por almacenamiento en disco compacto.

     

    No generará costo alguno cuando las solicitudes para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales se realice por personas con discapacidad.

  • Forma de pago Depósito bancario, Pago en Línea
  • Lugares donde se puede realizar el pago
    • Sucursales bancarias que se muestran en la orden de cobro: Bajío, Banco Azteca, Banorte, BBVA, Citibanamex, HSBC, Santander, Scotiabank, Financiera Bienestar (TELECOMM).
    • Tesorería del Poder Judicial del Estado.
  • Requisitos

    Para el ejercicio de los derechos ARCO será necesario acreditar la identidad de la persona titular, y en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe la o el representante.

     l. La persona titular podrá acreditar su identidad a través de los siguientes medios:

    1. Identificación oficial;
    2. Instrumentos electrónicos o mecanismos de autenticación permitidos por otras disposiciones legales o reglamentarias que permitan su identificación fehacientemente, o
    3. Aquellos mecanismos establecidos por el Responsable de manera previa, siempre y cuando permitan de forma inequívoca la acreditación de la identidad de la persona titular.

     ll. Cuando la persona titular ejerza sus Derechos ARCO a través de su representante, deberá acreditar su identidad y personalidad presentando ante el Responsable:

    1. Copia simple de la identificación oficial del Titular;
    2. Identificación oficial del representante, e
    3. Instrumento público, carta poder simple firmada ante dos testigos, o declaración en comparecencia personal del Titular.

     

    La solicitud para el ejercicio de los Derechos ARCO deberá señalar la siguiente información:

    1. El nombre completo del Titular y su domicilio o cualquier otro medio para oír y recibir notificaciones;
    2. La descripción clara y precisa de los Datos Personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los Derechos ARCO, salvo que se trate del derecho de acceso;
    3. La descripción del Derecho ARCO que se pretende ejercer, o bien, lo que solicita la persona titular;
    4. Los documentos que acrediten la identidad de la persona titular, y en su caso, la personalidad e identidad de su representante, y
    5. Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los Datos Personales, en su caso.

    Además de lo señalado, tratándose de una solicitud de acceso a Datos Personales la persona titular deberá señalar la modalidad en la que prefiere que éstos se reproduzcan.

    *Formatos o documentos adjuntos: Anexo I

    https://sgtransparencia.pjpuebla.gob.mx/links/2023/articulo77/fraccion49/Formato%20para%20solicitud%20de%20derechos%20ARCO_22_12_2023_15_37_27_77069.pdf

  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir 1. Presentar la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO por cualquiera de los medios autorizados:
    1. Unidad de Transparencia: a través de escrito libre o formato de solicitud debidamente llenado. (Anexo 1)
    2. Medios electrónicos: a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
    3. Plataforma Nacional de Transparencia, a través de la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx (el solicitante debe estar registrado).

    2. Atender los requerimientos de información adicional, en caso de ser necesario.
    3. Recibir la respuesta a la solicitud requerida.

    En caso de que la modalidad de entrega de la información genere costos de reproducción, o en su caso la información solicitada sea mayor a veinte fojas, el solicitante deberá:

    1. Acudir a las oficinas de la Unidad de Transparencia.
    2. Solicitar la generación de la orden de pago.
    3. Realizar el pago correspondiente.
    4. Entregar el comprobante de pago en las oficinas.
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    El plazo de respuesta no deberá exceder de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, misma que será notificada al solicitante a través de medio que haya señalado para oír y recibir notificaciones al momento de presentar la solicitud.

    El plazo referido en el párrafo anterior, podrá ser ampliado por una sola vez hasta por diez días hábiles cuando así lo justifiquen las circunstancias, notificando al solicitante lo conducente.

    Se cuenta con 15 días hábiles para hacer efectivo el ejercicio de los Derechos ARCO.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica.
  • Plazo de prevención
    • 5 días hábiles para prevenir.
    • 10 días hábiles para atender prevención.
  • Vigencia No aplica.
  • Criterios de resolución No aplica.
  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación No aplica.
  • Observaciones
    En caso de resultar procedente el ejercicio de los Derechos ARCO, el Responsable deberá hacerlo efectivo en un plazo que no podrá exceder de quince días contados a partir del día siguiente en que se haya notificado la respuesta a la persona titular.
     En caso de resultar improcedente, la persona solicitante recibirá en su resolución la justificación correspondiente.
  • Centros de atención

    Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Puebla.

    Domicilio: Mitla 16, Nueva Antequera, 72180 Heroica Puebla de Zaragoza, Pue.
    Horario de atención: Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
    Teléfono: 2222231982 extensión: 709

    *Consultas o envío de documentos: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/

  • Unidad responsable

    Stephani Paola Rodríguez Ahuactzin, Titular de la Unidad de Transparencia
    Domicilio: Mitla 16, Nueva Antequera, 72180 Heroica Puebla de Zaragoza, Pue.
    Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
    Teléfono: 2222231982 extensión: 709

  • Fundamento jurídico
    • Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Puebla. (artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69,70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80 y 81).

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_de_Proteccion_de_Datos_Personales_en_Posesion_de_los_Sujetos_Obligados_del_Edo_Puebla_30082017.pdf

    • Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2025 (artículo 104).

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_de_Ingresos_del_Estado_de_Puebla,_para_el_Ejercicio_Fiscal_2025_T2_11122024.pdf 

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Información adicional

  • Homoclave IDP – 009
  • Descripción En el área Administrativa y de Amparo, se otorga el servicio gratuito de asesoría, orientación y representación jurídica a las personas que se consideren afectadas por autoridades municipales, estatales y jurisdiccionales del fuero común, e interponer los medios de impugnación previstos en las leyes de la materia (Recursos Administrativos, Juicio Contencioso Administrativo y Juicios de Amparo Directo e Indirecto).
  • Unidad Administrativa Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
  • Clasificación Servicio
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo Cualquier persona, conforme al artículo 5 de la Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla.
  • Casos en los que debe o puede realizarse

    En materia administrativa:

    • Cuando las personas se consideren afectadas por autoridades municipales, estatales y jurisdiccionales del fuero común;
    • Cuando lo solicite un servidor público que este sujeto a un procedimiento administrativo ante la Autoridad Administrativa competente, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas o la legislación aplicable a la dependencia en que labore el servidor público.

    Amparos:

    • En Juicios de amparo que promuevan las personas privadas de su libertad, sin la asistencia de un Abogado, cuando lo requieran los Jueces de Distrito en Materia Penal del Estado de Puebla y los presidentes de los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Sexto, a la Titular de la Dirección General de Defensoría Pública del Estado.
  • Documento o servicio a obtener Asistencia jurídica.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos a) Solicitar la asistencia jurídica
  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir
    1. Ingresar a la página del poder judicial (https://citasenlinea.pjpuebla.gob.mx/) y en el banner “CITAS EN LÍNEA DEFENSORÍA” agendar la cita respectiva para la atención de primera vez
    2. Acudir a las oficinas de Asuntos Administrativos y de Amparo en la fecha y hora asignada.
    3. Registrarse en el módulo de atención para la asignación de la persona defensora pública o acudir directamente a la oficina señalada para la obtención del servicio y registrarse en el módulo de atención para la asignación de la persona defensora pública
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia No aplica.
  • Criterios de resolución

    Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación El servicio no requiere inspección o verificación.
  • Observaciones

    La Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla establece
    "ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
    …II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
    Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.

  • Centros de atención

    PUEBLA

    Domicilio: Calle 14 Norte No. 205, Barrio de la Luz, Puebla, C.P. 72377.
    Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 246 3188 ext. 108.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



  • Unidad responsable

    Subdirección de Asuntos Civiles, Familiares y Mercantiles
    Domicilio: Periférico Arco Sur No. 4000, San Andrés Cholula, Puebla. Reserva Territorial Atlixcayotl, Ciudad Judicial Siglo XXI, C.P. 72161.
    Número(s) telefónico(s): (222) 169 16 76
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



  • Fundamento jurídico
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 17.

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

     

    • Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 1 y 2.

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf

     

    • Ley General de Responsabilidades Administrativas, artículo 208 fracción II.

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf

     

    • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/4558-ley-organica-del-poder-judicial-del-estado-de-puebla

     

    • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, artículos 2 y 5 fracción VI.

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_Org%C3%A1nica_de_la_Defensor%C3%ADa_P%C3%BAblica_del_Estado_de_Puebla_T5_23032023.pdf

     

    • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 88.

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Constitucion_Politica_del_Estado_Libre_y_Soberano_de_Puebla_EV_02022024.pdf

     

    • Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Puebla, articulo 1.

    https://seseap.puebla.gob.mx/pea/ley-del-procedimiento-contencioso-administrativo-del-estado-de-puebla-06-01-2023

     

    • Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, articulo 47 fracción II.

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/211-ley-organica-de-la-fiscalia-general-del-estado-de-puebla

     

    • Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, artículo 81 fracción II.

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/174-ley-de-seguridad-publica-del-estado-de-puebla

     

    • Reglamento de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, articulo 125 fracciones I, II y IV.

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/273-reglamento-de-la-ley-de-seguridad-publica-del-estado-de-puebla

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFPC.pdf

     

    • Código Nacional de Procedimientos Penales

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf

     

    • Código Reglamentario para el Municipio de Puebla

    https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfArticuladoFast.aspx?q=0ucD2LCACBYFJMtRUjUaXK6XK8zeK7WxBjo8fz7i2YSerfkZKyQtuJRmjjWEqiXfMjffPBr0iPm1C2ETYzWJTQ==

     

    Atendiendo a que Autoridad administrativa del H. Ayuntamiento de Puebla lleve a cabo algún acto de molestia a cualquier persona de la Ciudad de Puebla, se interpone el medio de impugnación atinente al acto de autoridad en concreto.

Información adicional

  • Homoclave IDP - 008
  • Descripción Asistir jurídicamente a toda persona procesada en el proceso penal que se le instruya por la comisión de cualquier delito del orden del fuero común, para garantizarle una defensa adecuada.
  • Unidad Administrativa Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
  • Clasificación Servicio
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo

    Personas procesadas en causa penal.

  • Casos en los que debe o puede realizarse

    Cuando la persona sea procesada en la causa penal, por cualquier delito del fuero común, requiera asistencia jurídica

  • Documento o servicio a obtener Asistencia jurídica.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos

    Solicitar la asistencia jurídica.

  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir
    1. La persona procesada designa a la persona defensora pública, en cualquier etapa del procedimiento penal.
    2. La autoridad judicial designa a la persona defensora pública, en cualquier etapa del procedimiento penal.
    3. La persona defensora pública consulta el proceso penal que se le sigue a la persona procesada
    4. La persona defensora pública implementa la estrategia para la debida asistencia legal de la persona procesada
    5. La persona procesada y sus familiares, deben estar pendientes del desarrollo del procedimiento que se sigue en su contra.
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia No aplica.
  • Criterios de resolución

     Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación

    El servicio no requiere inspección o verificación.

  • Observaciones

    La Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla establece
    "ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
    …II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
    Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.

  • Centros de atención

    PUEBLA

    Domicilio: 12 Poniente No. 608, Puebla, Puebla, C.P. 72000.
    Horario de atención: Los 365 días del año de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, sábados, domingos y días festivos en el horario que se requiera con motivo de las diligencias que desahogue el juzgado de que se trate.
    Número(s) telefónico(s): (222) 216 16 65.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


  • Unidad responsable

    Subdirección de Asuntos Penales
    Domicilio: Calle 11 sur 11921, Col Ex Hacienda Castillotla, C.P. 72498, Puebla, Puebla
    Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 37
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Fundamento jurídico
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado. B Fracción VI y VIII.
     
    • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.
     
    • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, artículo 2,3, 5 fracción I, 10, 11 y 13
     
    • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 88 último párrafo.
    • Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo tercero transitorio en el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el jueves 27 de noviembre de 2014. 
     
    • Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social. Artículo 206 fracción IX.

     


Información adicional

  • Homoclave IDP - 007
  • Descripción Asistir jurídicamente a toda persona menor de 18 años a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común, contando con la especialidad en la materia para garantizar una defensa técnica adecuada.
  • Unidad Administrativa Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
  • Clasificación Servicio
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo

    Personas procesadas menores de edad.

  • Casos en los que debe o puede realizarse
    • Cuando a la persona menor de 18 años se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común.

  • Documento o servicio a obtener Asistencia jurídica.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos
    1. Solicitar la asistencia jurídica
    2. Aportar la documentación necesaria que el defensor público solicite para elaborar la estrategia de defensa.
  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir
    1. Designación de la defensa a cargo de una persona defensora pública por la persona menor de 18 años a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común o en su caso por la autoridad judicial, en cualquier etapa del procedimiento penal.
    2. La persona defensora pública consulta la causa penal que se le sigue a la persona menor de 18 años a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito del fuero común
    3. La persona defensora pública implementa la estrategia para la defensa de sus derechos.
    4. La persona procesada y sus familiares, deben estar pendientes del desarrollo del procedimiento que se sigue en su contra.
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia No aplica
  • Criterios de resolución

     Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación

    El servicio no requiere inspección o verificación.

  • Observaciones

    "ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
    …II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
    Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.

  • Centros de atención

    Casa de Justicia de "Adolescentes"
    Domicilio: Carretera Federal Atlixco km. 4.5, Colonia Emiliano Zapata, San Andrés Cholula, Puebla.                                                                                             
    Horario de atención: Los 365 días del año de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, sábados, domingos y días festivos en el horario que se requiera con motivo de las diligencias que desahogue el juzgado de que se trate.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



  • Unidad responsable

    Subdirección de Asuntos Penales
    Domicilio: Calle 11 sur 11921, Col Ex Hacienda Castillotla, C.P. 72498, Puebla, Puebla
    Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 37
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



  • Fundamento jurídico
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado B Fracción VI y VIII.

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

     

    • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/4558-ley-organica-del-poder-judicial-del-estado-de-puebla

     

    • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla. Artículo 5 fracción I.

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_Org%C3%A1nica_de_la_Defensor%C3%ADa_P%C3%BAblica_del_Estado_de_Puebla_T5_23032023.pdf

     

    • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, articulo 88, último párrafo

    https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Constitucion_Politica_del_Estado_Libre_y_Soberano_de_Puebla_EV_02022024.pdf

     

    • Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes. Artículo 41 y 66 fracción III

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf

     

           ●  Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículos 3 fracción VI, 16 fracción X, 18 Fracción IV Y 36

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/463-codigo-de-justicia-para-adolescentes-del-estado-libre-y-soberano-de-puebla

     

    • Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículos 17 párrafo I, 56 párrafo III, 57 párrafo III 113 fracción XII y 115.

    https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf

     

    • Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social. Artículo 206 fracción IX.

    https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/469-codigo-de-procedimientos-en-materia-de-defensa-social-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla

Información adicional

  • Homoclave IDP - 006
  • Descripción Asistir jurídicamente a toda persona que se encuentre en etapa de ejecución de sentencia o medida de seguridad, que no cuente con abogado/a particular o haya revocado el nombramiento del mismo, designando en sustitución a un defensor público, circunstancia bajo la cual, este último podrá solicitar algún otro documento que fortalezca su actuación jurídica, según la naturaleza de la incidencia planteada, siempre y cuando se encuentre en tiempo y forma para ofrecerla.
  • Unidad Administrativa Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
  • Clasificación Servicio
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo

    Personas que se encuentren en etapa de ejecución de sentencia.

  • Casos en los que debe o puede realizarse
    • Cuando se requiera la asesoría jurídica en la etapa de ejecución de sentencia.

  • Documento o servicio a obtener Asistencia jurídica.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos
    1. Que la persona que requiera el servicio que brinda el Instituto sea una persona sentenciada.
    2. Solicitar la asistencia jurídica
  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir
    1. Que la persona que se encuentre en etapa de ejecución de sentencia o medida de seguridad, no cuente con abogado/a particular o haya revocado el nombramiento del mismo, designando en sustitución a una persona defensora pública.
    2. La defensora pública consulta la carpeta de ejecución correspondiente.
    3. La persona defensora pública implementa la estrategia para verificar si la persona sentenciada es candidata para obtener algún beneficio pre-liberacional.
    4. La persona sentenciada y sus familiares, deben estar pendientes del desarrollo del procedimiento.
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica.
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia No aplica.
  • Criterios de resolución

    Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación

    El servicio no requiere inspección o verificación.

  • Observaciones

    La Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla establece
    "ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
    …II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
    Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.

  • Centros de atención

    Domicilio: KM. 2.5 Carretera, C. Camino al Batan, Lomas de San Miguel, Puebla, Puebla, C.P. 72573.
    Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 295 83 98.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Unidad responsable

    Subdirección de Asuntos Penales
    Domicilio: Calle 11 sur 11921, Col Ex Hacienda Castillotla, C.P. 72498, Puebla, Puebla
    Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 37
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



  • Fundamento jurídico
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado. B Fracción VI y VIII.
    • Ley Nacional de Ejecución Penal. Artículo 103 párrafo tercero y cuarto; 120 párrafo segundo; 136, 137, 141 y 144.
    • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 88 último párrafo.
     
    • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.
     
    • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, artículo 2,3, 5 fracción I, 10, 11 y 13
     
    • Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo tercero transitorio en el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el jueves 27 de noviembre de 2014.

Información adicional

  • Homoclave IDP - 005
  • Descripción Asistir jurídicamente a toda persona que sea señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito a fin de que goce de una defensa legal técnica adecuada, ya sea que se encuentre puesta a disposición del Agente del Ministerio Público Investigador, o bien que se le siga una carpeta de investigación en mesa de trámite.
  • Unidad Administrativa Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
  • Clasificación Servicio
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo

    Persona que sea señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común.

  • Casos en los que debe o puede realizarse

    Cuando la persona que sea señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común y sea puesta a disposición del Ministerio Público.

  • Documento o servicio a obtener Asistencia jurídica.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos
    1. Solicitar asistencia jurídica de una persona defensora pública
    2. Presentar la documentación que en su momento le sea solicitada por parte de la persona defensora pública para elaborar alguna estrategia de defensa.
  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir
    1. Que la persona señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común, sea puesta a disposición del Ministerio Público.
    2. El probable responsable o la autoridad ministerial, requiera la asistencia jurídica del defensor público.
    3. Una vez designada la defensa a cargo del defensor público, le proporcionará la información relacionada con su asunto.
    4. El usuario deberá estar pendiente del seguimiento de su asunto hasta la judicialización o archivo de la carpeta de investigación que se inició en su contra.
  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica.
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia No aplica.
  • Criterios de resolución

    Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación

    El servicio no requiere inspección o verificación.

  • Observaciones

    "ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
    …II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
    Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.

  • Centros de atención

    Domicilio: "C-5" Unidad de Flagrancia, Anillo Periférico Ecológico km 4.5, Cuautlancingo, Puebla, Puebla, C.P. 72700.
    Horario de atención: las 24 horas del día los 365 días del año para el caso de haber detenido.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.




  • Unidad responsable

    Subdirección de Asuntos Penales
    Domicilio: Calle 11 sur 11921, Col Ex Hacienda Castillotla, C.P. 72498, Puebla, Puebla
    Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 37
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.




  • Fundamento jurídico
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado. B Fracción VI y VIII.
     
    • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.
     
    • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla. Artículo 5 fracción I
     
    • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 88 último párrafo.
     
    • Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo tercero transitorio en el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el jueves 27 de noviembre de 2014.
     
    • Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículos 3º, fracción V; 17, párrafo primero; 66, 113 fracción XI, 115, 488, tercer párrafo

Información adicional

  • Homoclave IDP - 004
  • Descripción Proporcionar asesoría, patrocinio y gestión a las personas a quienes se les imputa la comisión de un hecho con apariencia de un delito del fuero común y que no cuentan con Defensor Público.
  • Unidad Administrativa Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
  • Clasificación Servicio
  • Formas de realizarlo Presencial
  • Quién puede realizarlo

    Cualquier persona que sea imputada, familiar de la persona imputada o por designación de un juez.

  • Casos en los que debe o puede realizarse

    Cuando una persona ha sido imputada por la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común y no cuentan con defensor público, puede solicitar la asistencia jurídica en cualquier etapa del procedimiento.

  • Documento o servicio a obtener Asistencia jurídica.
  • Costo Gratuito.
  • Forma de pago No aplica
  • Lugares donde se puede realizar el pago No aplica.
  • Requisitos

    Solicitar la asistencia jurídica

  • Formatos o documentos adjuntos (en la pestaña Archivos adjuntos)

  • Pasos a seguir

    Paso único: Una vez que la persona ha sido puesta a disposición del juez de control, y se ha asignado una persona defensora pública, se le otorga una defensa técnica adecuada durante el procedimiento siempre buscando una salida alterna o forma de terminación anticipada del procedimiento.

  • Inspección o verificación No aplica.
  • Tiempo de entrega

    Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática.

  • Afirmativa o negativa ficta No aplica
  • Plazo de prevención No aplica.
  • Vigencia No aplica.
  • Criterios de resolución

    Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.

  • Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación

    El servicio no requiere inspección o verificación.

  • Observaciones

    "ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
    …II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto en un asunto en particular;..."
    Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.

  • Centros de atención

    AJALPAN

    Domicilio: Prolongación Guerrero Norte, Guadalupe, Ajalpan, Pue. C.P. 75910
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    ATLIXCO

    Domicilio: Dr. Rafael Moreno Valle No. 1601, Colonia Las Nieves, Atlixco, Puebla, C.P. 74215.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

    CHALCHICOMULA DE SESMA

    Domicilio: Carretera Federal El Seco - Esperanza Km 28 Chalchicomula de Sesma, Ciudad Serdán, Puebla, C.P. 75520.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    CHOLULA

    Domicilio: Periférico Ecológico No. 100, San Andrés Cholula, Colonia Emiliano Zapata, Puebla, C.P. 72824.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    HUAUCHINANGO Domicilio: Camino a Catalina esquina con calle de Ferrocarril, Colonia El Potro, Huauchinango, Puebla, C.P. 73160.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    IZÚCAR DE MATAMOROS

    Domicilio: Carretera Atlixco Izúcar de Matamoros No. 141, San Martín Alchichica, Izúcar de Matamoros, Puebla, C.P. 74460.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    SAN MARTÍN TEXMELUCAN

    Domicilio: Calle Manuel P. Montes No. 100, entre carretera Verde y autopista México - Puebla, Santa Catarina Hueyatzacoalco en San Martín Texmelucan, Puebla, C.P. 74125.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    TECAMACHALCO

    Domicilio: Carretera Federal Puebla - Tehuacán km. 60+490, Santiago Alseseca, Tecamachalco, Puebla, C.P. 75485.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    TEHUACÁN

    Domicilio: Calzada Adolfo López Mateos No. 4, Ex Hacienda San Lorenzo, Tehuacán, Puebla, C.P. 75750.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    TEPEACA

    Domicilio: Calle Morelos Sur esquina con 2 Poniente Centro, Tepeaca, Puebla.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    TEZIUTLÁN

    Domicilio: Calle La Mesilla No. 10, Colonia Industrial, Teziutlán, Puebla, C.P. 73885.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

     

    ZACATLÁN

    Domicilio: Libramiento Carretero Tramo Zacatlán El Tejocotal No. 300, Barrio de Maquixtla Zacatlán, Puebla, C.P. 73310.
    Horario atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



  • Unidad responsable

    Subdirección de Asuntos Regionales
    Domicilio: Calle 14 Norte No. 205, Barrio de la Luz, Puebla, C.P. 72377.
    Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
    Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 88 ext. 107.
    Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Fundamento jurídico
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado. B, fracciones VI y VIII.
     
    • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.
     
    • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, artículos 2, 3, 5 fracción I, 10,11 y 13
    • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 88 último párrafo.
     
    • Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo tercero transitorio en el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el jueves 27 de noviembre de 2014.
     
    • Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículos 3º, fracción V; 17, párrafo primero; 66, 113 fracción XI, 115, 488, tercer párrafo


     

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Poder Judicial del Estado de Puebla

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