Martes, 27 Enero 2026 18:48

¿Cómo puede salir mi familiar?

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De acuerdo al artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos Penales si el delito no amerita prisión preventiva oficiosa y el Ministerio Público determine que no solicitará prisión preventiva como medida cautelar, se solicitara la libertad del imputado o imponerle una medida de protección.

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