- La persona procesada designa a la persona defensora pública, en cualquier etapa del procedimiento penal.
- La autoridad judicial designa a la persona defensora pública, en cualquier etapa del procedimiento penal.
- La persona defensora pública consulta el proceso penal que se le sigue a la persona procesada
- La persona defensora pública implementa la estrategia para la debida asistencia legal de la persona procesada
- La persona procesada y sus familiares, deben estar pendientes del desarrollo del procedimiento que se sigue en su contra.
- tamaño de la fuente disminuir el tamaño de la fuente aumentar tamaño de la fuente
- Imprimir
Visto 208 veces
Publicado en
Pasos
Lo último de Super User
- Consejo de la Judicatura abre investigación administrativa en Juzgado Segundo de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Cholula
- Mensaje 10 de mayo TSJ
- Mensaje del Presidente del Consejo de la Judicatura con motivo del Día de las Madres.
- Programa Anual de Evaluación
- Juzgado Sexto de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla