Copia simple de los documentos soporte con que se sustenta el acuerdo reparatorio.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 6 y 17.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 87.
https://ojp.puebla.gob.mx/legislaciondelestado?catid=9
- Código Nacional de Procedimientos Penales, 15, 183, 184, 186, 187, 188, 189 y 190
Código Nacional de Procedimientos Penales (www.gob.mx)
- Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 13, 18, 22, 29, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 51.
- Ley General de víctimas, 1, 17, 30 y 31.
Ley General de Víctimas (diputados.gob.mx)
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, artículo 84, 85 y 86.
Ley_Organica_del_Poder_Judicial_del_Estado_de_Puebla_T7_23022024.pdf
- Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado Libre y Soberano de Puebla.
https://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_5_E_V_23022024_C.pdf
- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Puebla.
- Código Penal del Estado de Puebla.
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Rosa María Morales Cisneros, Titular del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado.
Domicilio: Periférico Ecológico Arco Sur No. 4000, edificio “A” Ciudad Judicial, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla.
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 240 89 14, (222) 240 86 14.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Ciudadanía interesada en resolver un conflicto a través del proceso de mediación en materia penal a causa de la Derivación de la Carpeta Judicial Administrativa por parte del Juez de Control.
Casos en los que debe o puede realizarse:
Por la Derivación de la Carpeta Judicial Administrativa por parte del Juez de Control.
3 días hábiles.
- 3 días hábiles para prevenir.
- 5 días hábiles para atender prevención.
No aplica.
- Solicitar al Juez de Control el procedimiento de mediación en materia penal durante la audiencia inicial o complementaria.
- El Juez de Control deriva la Carpeta Judicial Administrativa al Centro de Justicia Alternativa.
- En caso de ser necesario se solicitan datos al Agente del Ministerio Público a cargo de la carpeta.
- Elaboración y entrega de invitaciones a invitados o solicitantes.
- Presentarse en el Centro de Justicia Alternativa el día y hora señalados para llevar a cabo la mediación.
- En caso de llegar a un acuerdo se elabora y suscribe el Acuerdo Reparatorio correspondiente.
- Posterior a ello se da aviso al Ministerio Público encargado de la Carpeta y al Juez de Control.
- En caso de no llegar a un acuerdo o de no presentarse alguna de las partes se concluye de manera anticipada.
-
Solicitar al Juez de Control el procedimiento de mediación en materia penal durante la audiencia inicial o complementaria.
-
El Juez de Control deriva la Carpeta Judicial Administrativa al Centro de Justicia Alternativa.
-
En caso de ser necesario se solicitan datos al Agente del Ministerio Público a cargo de la carpeta.
-
Elaboración y entrega de invitaciones a invitados o solicitantes.
-
Solicitar el desahogo de la mediación en modalidad virtual a través de la página del Poder Judicial del Estado, o manifestarlo de forma oral previo al día de la sesión.
-
Recibir vía correo electrónico fecha, hora y enlace para llevar a cabo la mediación.
-
Conectarse en la Plataforma de videoconferencia en la fecha y hora señaladas para el desarrollo de la mediación. Al finalizar la sesión, enviar todos los requisitos al facilitador asignado.
-
En caso de llegar a los acuerdos, presentarse el día indicado en las oficinas del Centro de Justicia Alternativa, para firmar el acuerdo reparatorio y entregar los documentos en original.
- CURP (Impreso)
- INE (Original y copia)
- Comprobante de domicilio no mayor a dos meses (Original y copia)
Además, deberá cumplir con los siguientes criterios:
- Derivación de la Carpeta Judicial Administrativa por parte del Juez de Control al Centro de Justicia Alternativa.
- Aplicable solo en delitos que se persiguen por querella, delitos culposos o delitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas.
- No contar con acuerdo reparatorio previo por el mismo delito.
- No tener antecedente de reincidencia por el mismo delito.
- Someterse voluntariamente al procedimiento.
Nota: Los originales se devuelven una vez cotejados.
Más...
- Presentar oficio de solicitud de registro emitido por la persona Titular de la Procuraduría y convenio original.
- Se entregará un número de Registro siempre y cuando el convenio haya sido presentado en tiempo y forma, y observado los requisitos que la ley de la materia establece.
Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Domicilio: Periférico Ecológico Arco Sur No. 4000, edificio “A” Ciudad Judicial, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla.
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 240 89 14, (222) 240 86 14.
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Copia simple de los documentos soporte con que se sustenta el convenio.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4 y 17.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 87.
https://ojp.puebla.gob.mx/legislaciondelestado?catid=9
- Código de Procedimientos Civiles del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 832, 833, 835, 838.
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, artículos 84, 85 y 86.
Ley_Organica_del_Poder_Judicial_del_Estado_de_Puebla_T7_23022024.pdf
- Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias artículo 32.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5715307&fecha=26/01/2024#gsc.tab=0
- Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado Libre y Soberano de Puebla artículo 21.
https://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_5_E_V_23022024_C.pdf
- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Puebla.
Rosa María Morales Cisneros, Titular del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado.
Domicilio: Periférico Ecológico Arco Sur No. 4000, edificio “A” Ciudad Judicial, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla.
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 240 89 14, (222) 240 86 14.
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