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Pasos
Quién puede realizarlo:
Personas interesadas en resolver un conflicto a través del proceso de mediación en materia familiar – divorcio administrativo.
Casos en los que debe o puede realizarse:
Régimen de Separación de Bienes: en el caso de las personas que hayan contraído matrimonio y que durante la vigencia del mismo no procrearon hijos.
Requisitos
a) Identificación oficial (INE, pasaporte vigente, cartilla militar o cédula profesional). (Original y copia)
- Escrito de solicitud de inscripción dirigido a la Persona Titular del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Puebla.
- Acta de matrimonio
Nota: Los originales se devuelven una vez cotejados.
Información Adicional
- Entregar la documentación requerida.
- Presentarse ambas partes al Centro de Justicia Alternativa.
- Firmar la aceptación al procedimiento.
- Firmar el acuerdo reparatorio correspondiente.
Casa de Justicia del Estado de Puebla
Domicilio: Calle 11 Sur 11913, 3er Piso, Puebla, Puebla CP: 72490
Horario de Atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Números telefónicos: 222 548 80 01 (conmutador)
Dirección de correo electrónico: subdireccióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Conservar Información
Copia simple de los documentos soporte con que se sustenta el acuerdo reparatorio.
Fundamento Jurídico
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 6 y 17.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 87.
https://ojp.puebla.gob.mx/legislaciondelestado?catid=9
- Código Nacional de Procedimientos Penales, 15, 183, 184, 186, 187, 188, 189 y 190
Código Nacional de Procedimientos Penales (www.gob.mx)
- Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 13, 18, 22, 29, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 51.
- Ley General de víctimas, 1, 17, 30 y 31.
Ley General de Víctimas (diputados.gob.mx)
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, artículo 84, 85 y 86.
Ley_Organica_del_Poder_Judicial_del_Estado_de_Puebla_T7_23022024.pdf
- Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado Libre y Soberano de Puebla.
https://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_5_E_V_23022024_C.pdf
- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Puebla.
- Código Penal del Estado de Puebla.
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Autoridad Responsable
Rosa María Morales Cisneros, Titular del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado.
Domicilio: Periférico Ecológico Arco Sur No. 4000, edificio “A” Ciudad Judicial, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla.
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 240 89 14, (222) 240 86 14.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanía interesada en resolver un conflicto a través del proceso de mediación en materia penal a causa de la Derivación de la Carpeta Judicial Administrativa por parte del Juez de Control.
Casos en los que debe o puede realizarse:
Por la Derivación de la Carpeta Judicial Administrativa por parte del Juez de Control.
Tiempo de Respuesta
3 días hábiles.
- 3 días hábiles para prevenir.
- 5 días hábiles para atender prevención.