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- La persona procesada designa a la persona defensora pública, en cualquier etapa del procedimiento penal.
- La autoridad judicial designa a la persona defensora pública, en cualquier etapa del procedimiento penal.
- La persona defensora pública consulta el proceso penal que se le sigue a la persona procesada
- La persona defensora pública implementa la estrategia para la debida asistencia legal de la persona procesada
- La persona procesada y sus familiares, deben estar pendientes del desarrollo del procedimiento que se sigue en su contra.